El lunes 6 de enero de 2003, ''civiles'' armados de la estrategia encubierta ejecutaron a los hermanos OVIDIO ARIZA ARIZA y ALCIBÍADES ARIZA ARIZA, quienes prestaban el servicio de transporte de alimentos en la vereda La Cima, del municipio de El Castillo.
El crimen de Ejecución Extrajudicial como violación de los derechos humanos, homologado a la infracción al DIH en la modalidad de Homicidio Intencional de persona Protegida, revela la intencionalidad de reprimir un servicio fundamental para la población civil, íntimamente ligado a su supervivencia, juzgado ordinariamente por los agentes abiertos y encubiertos del Estado como un ''servicio a la insurgencia'' que debe ser exterminado. Por ello se infringe también el DIH por la Substracción de Bienes Indispensables para la Supervivencia de la Población Civil.
Fuentes:
1. CINEP, CIJyP, SINTRAGRIM, DH BAJORIARI - Ariari: Memoria y Resistencia CRONOLOGÍA DE LOS CRÍMENES DEL ARIARI, META 2002 – 2008