El 25 de agosto de 1991 en Chigorodó, Antioquia, fue retenido por una patrulla del Ejército el joven ÁNGEL MARÍA ECHAVARRÍA RESTREPO, cuando en compañía de dos de sus hermanas estaba esperando un bus de transporte público. Los soldados se lo llevaron y sus hermanas fueron a buscar una tercera para que intercediera por el, ya que ella se desempeñaba como secretaria de la Inspección Central de Policía. Ella hablo con un teniente de la policía y con otro del Ejército y lo liberaron, pero le advirtieron que el muchacho estaba bajo vigilancia de la fuerza pública. Al día siguiente, en horas de la noche, fue de nuevo aprehendido el joven Ángel María, cuando también iba con sus hermanas, y fue conducido por un sendero oscuro. Según versiones de ellas, los soldados y un teniente lo golpearon y lo impulsaron a caminar. Poco después se escuchó un disparo y el joven resultó muerto. Los militares informaron, como respuesta a la solicitud presentada por la personería, que el joven había tratado de escapar.
Este caso fue llevado a Procuraduría Provincial pero, según informes particulares, no prosperó ninguna investigación. Se entabló demanda contra el Ministerio de Defensa pero hasta mayo de 1993 no había concluido el proceso. Aunque el caso de militares y policías que se exceden en el ejercicio de sus funciones es reconocido por la ciudadanía, por funcionarios municipales y por oficiales de las instituciones armadas del Estado, no se percibe una política clara que busque frenar los desmanes. Por el contrario, hay cierta tendencia a ocultar los hechos y hasta a encubrir a los responsables. En el caso de los soldados que asesinaron al joven Ángel María Echevarria, las investigaciones adelantadas por la Procuraduría Provincial y por la Personería municipal no lograron determinar las verdaderas circunstancias en que se produjo su muerte.
Fuentes:
1. COMISION ANDINA DE JURISTAS Informes regionales de derechos humanos: Urabá. Bogotá 1994