La mañana del día 14 de febrero de 1991, EDILBERTO RIVERA GÓMEZ, de 51 años de edad se encontraba en un restaurante ubicado en Ciudad Kennedy, al sur de Bogotá, cuando fue ilegalmente retenido por miembros de la policía nacional, retención que se prolonga hasta la presente, pues se ignora su paradero y su suerte final. Varios empleados del restaurante fueron testigos directos de la detención arbitraria y acusaron a un miembro de la fuerza pública de participar en los hechos.
Seguimiento del caso
Proceso penal
La justicia castrense abocó el conocimiento de estos hechos, adelantándose una indagación preliminar en el juzgado 78 penal militar bajo el radicado 657. Las actuaciones de la jurisdicción penal militar no dieron ningún resultado. La fiscalía 242 de la unidad antiextorsión y secuestro asumió la investigación bajo el radicado 373204 sin que hasta el momento se arrojen resultados positivos.
Proceso disciplinario
La procuraduría delegada para la defensa de los Derechos Humanos, el 9 de junio de 1994 formuló pliego de cargos contra el Cr. de la policía nacional Ovidio Fontecha García, contra el agente de la policía nacional Humberto Patiño Fuentes y contra el agente de la SIJIN José Ignacio Pérez Díaz. La procuraduría ordenó la destitución del agente Pérez Díaz, fallo que fue revocado por la segunda instancia.
Proceso contencioso
El tribunal contencioso de Cundinamarca. En fallo de única instancia, condenó a la nación al pago de la indemnización correspondiente, pero además ordena en el numeral cuarto del fallo “Ordenar a la nación colombiana –ministerio de Defensa Nacional y la policía nacional -a realizar las investigaciones pertinentes a fin de hallar a la persona de Edilberto Rivera y los responsables de su desaparecimiento”.
Fuentes:
1. ASFADDES Veinte años de historia y lucha ANEXO 1