1. Paramilitares (AUC Autodefensas Unidas de Colombia)
Hechos
El 21 de mayo de 1999 en San Juan Nepomuceno, Bolívar, en momentos en los que NIVALDO GUSTAVO YEPES ROJAS, se encontraba laborando en la estación de bombeo del acueducto de la localidad fue sorprendido por un grupo de hombres armados con armas fuego, uniforme camuflado y brazalete de las AUC., quienes luego de sacarlo a la fuerza de su lugar de trabajo procedieron a darle muerte mediante disparos de arma de fuego, quien ejecutó materialmente el homicidio fue el sujeto conocido con el alias de “El Gallo”, como consecuencia de señalamientos infundados en contra de la víctima de ser informante de la subversión.
Como consecuencia de este hecho y debido al temor generado, María Teresa Estrada Ortega, en compañía de su grupo familiar, se vio en la necesidad de desplazarse de manera forzada de la región.
Como soporte probatorio de los anteriores acontecimientos se registran en el proceso: Versión libre rendida el 10 de febrero de 2009 por el postulado Manuel Castellanos Morales, en la que afirma que el homicidio fue ejecutado por alias “El Gallo”, por orden de Sergio Manuel Córdoba Ávila porque era informante de la guerrilla.
Por estos hechos se formularon cargos en contra de los postulados Salvatore Mancuso Gómez y Sergio Manuel Córdoba Ávila a título de autores mediatos de los delitos de Homicidio en persona protegida previsto en el artículo 135 de la Ley 599 de 2000 y Deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil de que trata el artículo 159 ibídem, en circunstancias de mayor punibilidad previstas en el artículo 58-2 del Código Penal.
Fuentes:
1. TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ SALA DE JUSTICIA Y PAZ - Radicado: 11 001 22 52 000 2014 00027 - 20 de noviembre de 2014