José Nicolás Osorio García

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Hechos
El 23 de julio de 2009 en Neiva, Huila, miembros de la Policía Nacional asesinaron a JOSÉ NICOLÁS OSORIO GARCÍA. Según la denuncia: “LILIANA PATRICA FLORES CRUZ, mayor de edad, identificada con la C.C. No. 36.300.733 de Neiva, domiciliada en la carrera 55 A No 23 28, barrio las Palmas de esta ciudad, por el presente ante usted comedidamente formulo denuncia penal contra los miembros de la POLICÍA NACIONAL Y LOS DEMÁS QUE RESULTEN IMPLICADOS COMO CÓMPLICES AUXILIADORES Y ENCUBRIDORES por los posibles delitos de ABUSO DE AUTORIDAD, USO EXCESIVO DE LA FUERZA Y LESIONES PERSONALES CON TRATO CRUEL E INHUMANO Y VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS cometidos contra mi compañero y padre de cuatro menores JOSE NICOLAS OSORIO GARCIA, quien en vida se identificó con la cédula No 10.240.546 de Manséales (Cauca), todo esto bajo el agravante de imputación de hurto.
HECHOS
Primero. El día 23 de julio del año en curso, a las once y cuarenta de la mañana, JOSE NICOLAS OSORIO GARCIA, se encontraba según los agentes de policía cometiendo un hurto cuando fue sorprendido por agentes de la policía quienes aseguran que NICOLAS, emprendió la huida sobre los techos del sector, y que al encontrarse con una teja falsa se cayó de cabeza ocasionándole muerte cerebral instantánea de igual manera dichos agentes a pesar de diagnosticar la muerte de mi compañero dicen que lo levantaron del piso para prestarle auxilio llevándolo en una patrulla al centro de salud más cercano ´SIETE DE AGOSTO‘ lugar del que fue remitido al hospital en donde le decretaron muerte cerebral, motivo por el cual procedimos a donar sus órganos vitales. Mientras esperábamos a que se llevara a cabo el procedimiento notamos con preocupación que las lesiones múltiples eran considerables, tenía su cabeza llena de hematomas, su hombro izquierdo se encontraba inflamado y moreteado, hasta ese momento si el golpe fue de cabeza era normal pese a haber caído de pie, pero revisando su costado pudimos notar que tenía fracturadas varias costillas y presentaba moretones en tórax y espalda, sus manos se encontraban inflamadas y de igual manera sus brazos presentaban moretones. Ya llegando a las nalgas encontramos moretones y sangrado a nivel de colon y testículos, estos últimos también se encontraban inflamados. Revisamos sus piernas encontrando moretones.
Segundo. Posteriormente a los hechos supimos que los agentes quisieron hacer firmar a una señora para que dijera que habían levantado a Nicolás, en su presencia, dicha señora no quiso firmar debido a que con anterioridad a los hechos había escuchado que el señor pedía perdón y suplicaba por su vida ya que sus hijitos lo esperaban y lo necesitaban vivo. Otras personas del sector que no quisieron dar nombres nos dijeron que vieron cuando los agentes, capturaron con vida a mi compañero, que él pedía perdón y suplicaba por su vida, que cuando lo requisaron tenía en el bolsillo solo una cadena presumiblemente de oro y unos anillos, que en ese momento fue cuando los agentes lo golpearon bruta mente, estas personas huyeron de los hechos por el miedo que les ocasionó el vejamen.
Tercero. Estas personas iban a declarar pero a última hora sin saber porqué se retractaron de lo dicho, supimos que una de las señoras, habló con la policía por teléfono pero le dio miedo ir personalmente.
Cuarto. Me dirigí al hospital general de Neiva con el fin de solicitar copia de la historia clínica, bajo derecho de petición pero inicialmente me negaron esa petición, al insistir me aceptaron el derecho de petición pero en cuanto voy a reclamar las copias me dicen que el expediente desapareció de sus archivos.
Quinto. De igual manera acudo a la URI, y me dicen que solo le pueden dar razón a mi abogado, desafortunadamente no tengo cómo pagarlo pero eso no les da derecho a jugar con los sentimientos.
Sexto. Si a esto le aumentamos la atenuante que la demandante es el principal testigo de que el dinero lo tomaron los agentes de policía, podemos afirmar que si parte de la verdad es mentira entonces todo es mentira. Séptimo JOSE NICOLAS, NO TENÍA ANTECEDENTES penales. En consecuencia le solicito se sirva abrir la correspondiente indagación preliminar y aplicar las sanciones que el Código Penal tiene asignadas para esta clase de delitos”.
Fuentes:
- 1. CINEP Banco de Datos de Derechos Humanos y Violencia Política – Noche y Niebla 40 Casos Julio/Diciembre 2009