Juan Alejandro Plazas Lomónaco
Fuente:
1. Registrador departamental
Hechos
El 10 de julio de 2003, en momentos que JUAN ALEJANDRO PLAZAS LOMÓNACO, Registrador departamental de Arauca, salía de su lugar de trabajo, fue abordado por un hombre que se le acercó por la espalda y le disparó en la cabeza, causándole la muerte.
FERNEY ALVARDO PULGARIN, alias “Cúcuta”, junto con alias el “Negro”, miembros urbanos en Arauca capital del Bloque Vencedores de Arauca, tenían dentro de sus órdenes, asesinar al Registrador Departamental, quien figuraba como objetivo militar dentro de las listas que habían sido entregadas por Julio Acosta Bernal candidato a la gobernación del departamento y quien en conversaciones con las AUC argumentó que si no se quitaba ese señor de la Registraduría, no se ganaban las elecciones. Además llamó a alias Cúcuta y le ofreció “un cariñito”281 a cambio de la comisión del hecho.
Después de los hechos, el señor Jaime Efraín Plazas Lomónaco, hermano de la víctima tuvo que salir desplazado de Arauca, debido a las amenazas recibidas.
La Fiscalía imputó y formuló cargos a MIGUEL ANGEL MELCHOR MEJIA MUNERA, ORLANDO VILLA ZAPATA y FERNEY ALVARADO PULGARIN por los delitos de homicidio en persona protegida, en concurso heterogéneo con deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil; y amenaza, a título de coautores.
La situación fáctica acredita la ocurrencia de los delitos de homicidio en persona protegida que tenía como finalidad no solo obtener ventaja política sino advertir a candidatos opositores a cargos de elección popular la suerte que correrían de mantenerse independientes del paramilitarismo. Igualmente se legalizará el delito desplazamiento forzado de población civil.
Pese a que el señor Jaime Efraín Plazas Lomonaco recibió amenazas de parte de los grupos de autodefensa, circunstancia que motivó su desplazamiento, es claro que dicho acto no tuvo como fin atemorizar, causar alarma, zozobra o terror en la población, ingrediente subjetivo que es necesario para su configuración, en la medida que el bien jurídico protegido es la seguridad pública. Por esta razón el cargo no será legalizado (1).
HOMICIDIO DE ALEJANDRO PLAZAS LOMÓNACO:
Hecho ocurrido el día 10 de julio de 2003, cuyos responsables materiales según la investigación penal son los paramilitares autodenominados “Bloque Vencedores de Arauca”, y como autor intelectual se vinculó al ex-gobernador, JULIO ENRIQUE ACOSTA BERNAL, como se dijo en la resolución emitida el 20 de mayo, por un Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos, determinador pues al parecer fue quien contrató y pagó a los paramilitares que fueron autores materiales del crimen, de la manera que recientemente lo publicaron los diarios El Espectador y El Mirador, al comentar la orden de captura proferida por estos hechos. No obstante la orden de captura no ha sido ejecutada y se ha querido a través de los medios masivos de comunicación hacer pasar desapercibida la participación de este ex-gobernador, que pregonó honestidad y pulcritud.
De otro lado, hay un trabajo investigativo adelantado por el señor…., ex funcionario del CTI de la Fiscalía General de la Nación, donde se comprobó la participación directa de servidores públicos en la estrategia paramilitar, se realizó un monitoreo de llamadas que salían o entraban de unas líneas o abonados telefónicos utilizados por los paramilitares encontrándose que muchas de ellas eran hacia o desde servidores del Estado, y en lo relativo al Congreso de la República, esta información arrojó que quien más llamadas tenía a dichas líneas, era el representante a la cámara por el departamento de Arauca, ALBEIRO VANEGAS OSORIO. La Fiscalía General de la Nación, en cabeza de LUIS CAMILO OSORIO, en vez de profundizar en la investigación para esclarecer la verdad y sancionar a los responsables, tomó la decisión de despedir el mencionado funcionario, quien tuvo que salir del país por amenazas contra su vida (2).
