Luis Fernando Lopez Gallego
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Hechos
El 25 de marzo de 2000 en Don Matías, Antioquia, fue ejecutado por miembros de la Policía LUIS FERNANDO LÓPEZ GALLEGO, mientras conducía un carro particular, yendo acompañado por su hermano Jairo León López Gallego y su amigo Argirio Gómez Uribe. Desde dos vehículos de la Policía le dispararon sin hacer ninguna señal de pare y lo mataron, quedando heridos sus acompañantes. Los policías alegaron que perseguían a los asaltantes de un bus intermunicipal y que desde el vehículo les habían disparado, obligándolos a defenderse, pero luego se comprobó que los asaltantes iban en un vehículo diferente. El Consejo de Estado declaró a la Policía responsable del crimen y la obligó a pagar 420 millones como indemnización.
Según la denuncia: ''A las 2:00 a.m, el señor Luis Fernando López Gallego se desplazaba al volante de un vehículo particular de placas LGG 438, por el municipio de Donmatías, específicamente en el alto de la ''Quica'', en compañía de los señores Jairo León López Gallego y Argirio Gómez Uribe. Después de abandonar la casa de la familia Orrego, con quienes se encontraba en una reunión, aproximadamente a una cuadra de distancia de este lugar, aparecieron dos vehículos oficiales de la policía, el uno perteneciente a la estación de policía del municipio de Donmatías y el otro de Santa Rosa de Osos, los cuales sin hacer ninguna señal de pare, dispararon en forma indiscriminada contra el vehículo. Como consecuencia de este ataque armado, el señor López Gallego perdió la vida''. Agrega la fuente que por el hecho: ''El Consejo de Estado declaró la responsabilidad de la Policía Nacional por la muerte de una persona que se movilizaba en un carro con dos acompañantes, luego que uniformados hicieran, de manera irresponsable, disparos indiscriminados, con sus armas de largo alcance, en un retén en jurisdicción del municipio de Donmatías (...) Los policías señalaron que su conducta obedeció al ejercicio de la legítima defensa, toda vez que, estando en un operativo por el asalto a un bus de servicio público intermunicipal, los ocupantes del vehículo habían disparado primero. Sin embargo, luego se demostró que los asaltantes se movilizaban en un vehículo diferente al interceptado por la Policía. Por lo tanto, la entidad demandada deberá pagar más de 420 millones de pesos como indemnización de perjuicios. La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Ramiro Pazos Guerrero, señaló que en el presente caso, la Policía incurrió en un uso excesivo y desbordado de la fuerza letal, pues aunque el Estado puede hacer uso legítimo de la fuerza y, por lo tanto, recurrir a las armas para su defensa, esta potestad solo puede ser utilizada como último recurso, luego de haber agotado todos los medios a su alcance que representen un menor daño''.
Fuentes:
- 1. CINEP Programa por la Paz – Noche y Niebla 51 Enero-Junio 2015 (Actualizaciones)
