1. Paramilitares (AUC Autodefensas Unidas de Colombia)
Hechos
En la mañana del 29 de marzo de 1998, ELIGIO MANOSALVA PEDROZA fue retenido por los miembros de las AUC Omar Rivero Medina, alias ''Niño Escobar'', y Alfredo Ballena, alias ''Rancho'', quienes lo obligaron a abordar un taxi y lo llevaron hacia el sitio conocido como ''Las Piñas'' del municipio de Aguachica, en donde luego de golpearlo para que informara quiénes eran los miembros de la banda delincuencial del barrio Idema, lo asesinaron mediante disparos de arma de fuego, dejando un cartel sobre el cadáver advirtiendo que dicha muerte obedecía a su pertenencia a la delincuencia común.
El fiscal atribuyó la responsabilidad del postulado a título de autor mediato, en los delitos de homicidio en persona protegida, secuestro simple, actos de terrorismo ytortura en persona protegida, previstos en los artículos 135,168, 144 y 137 de la Ley 599 de 2000, respectivamente. Se dedujeron, igualmente, las circunstancias de mayor punibilidad contempladas en los numerales 2 y 5 del artículo 58 Ib.
Dichos cargos fueron legalizados, aunque aclarándose que en los tres últimos delitos, las penas aplicables eran las contenidas en los artículos 264,187 y 279 del Decreto-Ley 100 de 1980, en su orden.