La Corte Suprema de Justicia ordenó revisar las absoluciones decretadas dentro del proceso relacionado con la masacre de Trujillo, Valle del Cauca.
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Miércoles 22 de Septiembre de 2010
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La decisión se produjo de manera unánime y se relaciona con las sentencias proferidas en 1991 en favor de Henry Loaiza Ceballos, alias El Alacrán; Diego Montoya Sánchez, alias Don Diego; el mayor del Ejército Alirio Urueña Jaramillo y Diego Rodríguez Vásquez.
La masacre de Trujillo ocurrió entre el 31 de marzo y el 16 de abril de 1990, en la cual ”se torturó, mutiló y desmembró con motosierra a las víctimas, entre ellas, al sacerdote Tiberio Fernández Mafla, arrojando los cadáveres al río Cauca, algunos de los cuales nunca aparecieron”, dice la Corte.
La Corte verificó que en este caso se verificó que le asistía razón al Informe Final de la Comisión Especial de Investigación de los Sucesos de Trujillo, cuyas conclusiones y recomendaciones fueron adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH.
”Se estableció que fueron indebidamente valoradas las pruebas, en especial el testimonio de Daniel Arcila Cardona, testigo de excepción al desempeñarse como informante del Ejército Nacional, quien transportó a varias de las víctimas hasta el lugar donde se cometieron los atroces hechos mencionados, persona que un año más tarde, luego de declarar ante las autoridades judiciales y la Procuraduría fue desaparecida al regresar al municipio de Trujillo”a añade el fallo.
Igualmente la Corte precisa que por tratarse de delitos de lesa humanidad no hay lugar a la prescripción de la acción penal.
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