COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Capitulo II – Derechos a la vida
http://www.cidh.org/countryrep/colombia81sp/Capitulo2.htm.
1.Las denuncias se refieren al presunto asesinato por agentes públicos del Gobierno colombiano de los señores Darío Arango y Armando Pabón Vega.[5]
2.En comunicación de fecha 20 de octubre de 1979, se denunció a la comisión lo siguiente:
El fin primordial de ésta, es el denunciar ante ese importante organismo internacional, la política represiva que se adelanta en Colombia por el Gobierno de dicho país aplicando el fatídico “ESTUTO DE SEGURIDAD” a los dirigentes populares y sindicales de nuestra patria, los que han sido torturados hasta causarles la muerte como a Darío Arango de Puerto Berrío (Antioquia), o asesinado alevosamente como sucedió con Armando Pabón Vega de Apartadó (Antioquia), y otros dirigentes más, violando así cláusulas fundamentales de la Carta de los Derechos Humanos defendidos por ese organismo.
Solicitamos de la ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS su intervención para que en nombre de la democracia no se sigan cometiendo abusos contra el pueblo y sus dirigentes obreros, así como su solicitud al Gobierno colombiano de suspender la aplicación del Estatuto de Seguridad y el levantamiento del Estado de Sitio en el que se desenvuelve el país desde más de treinta (30) años.
3.La Comisión se dirigió al Gobierno colombiano el 9 de noviembre del mismo año, transmitiéndole las partes pertinentes de la denuncia y solicitándole información al respecto. En su contestación de 30 de abril de 1980, el Gobierno colombiano informó a la Comisión lo siguiente:
1) El señor Juez 108 Penal Militar ordenó la captura de DARIO ARANGO el 4 de octubre de 1979, junto con otros particulares como presuntos sindicados de la muerte violenta de un Suboficial y seis Solados. El día 7 de octubre el incriminado presentó síntomas de enfermedad, e instantes después falleció. Mediante Resolución No. 305 de octubre 9/79 se comisionó al doctor Alberto Torres Rodríguez para que adelantara la investigación administrativo-disciplinaria al Consejal Arango. De conformidad a las declaraciones recepcionadas y en especial las experticias médico legales, se pudo concluir que la muerte de Darío Arango se produjo por un colapso cardiovascular, ajeno totalmente a las circunstancias vividas durante su retención en la instalación militar. La Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, acogió el informe del Visitador y ordenó archivar las diligencias. Esta decisión fue comunicada por oficio número 02897 de noviembre 7 de 1979, al señor Procurador General de la Nación.
Acompaño a la presente las diligencias relativas a los dictámenes médicos que determinaron las causas de la muerte del señor Darío Arango.
2) Sobre el señor ARMANDO PABON VEGA solamente, se tiene una información en el sentido de que fue víctima de una acción armada del grupo subversivo FARC, en Apartadó (Antioquia).[6]
4. Las partes pertinentes de la contestación del Gobierno fueron remitidas a los reclamantes el 22 de mayo de 1980, solicitándoseles sus observaciones y cualquier información nueva o complementaria sobre la denuncia. Hasta la fecha, la Comisión no ha recibido respuesta de los reclamantes.[7]
[5] Caso conjunto Nº 4667.
[6] En el Boletín de Prensa fechado en Bogotá el 21 de septiembre de 1979, del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, en lo referente a la muerte del señor Armando Pabón Vega, se expresa lo siguiente: “El día miércoles 19 del presente mes, a las 6:30 p.m., fue abaleado (5 impactos) en Apartadó el dirigente sindical Armando Pabón Vega, cuando salía del local del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano, del cual era líder. Contaba 30 años de edad y en el momento de ser asesinado se encontraba tramitando un pliego de peticiones de los trabajadores bananeros. Pabón fue trasladado de urgencia a Medellín; murió a las 5:00 a.m. de hoy. Sus restos están siendo velados en la sede de FEDETA; será sepultado el sábado a las 4:00 p.m. El Comité Departamental de Antioquia por la Defensa de los Derechos Humanos, lo mismo que el Comité Nacional elevan su más vigorosa protesta por el crimen del cual fue víctima Armando Pabón Vega, militante comunista y querido líder sindical”.
[7] En lo que respecta a las investigaciones seguidas para establecer las causas de la muerte del señor Darío Arango, el Gobierno de Colombia entregó ala Comisión una serie de documentos que incluyen el oficio No. 636 de 19 de octubre de 1979, dirigido al Juez 108 de Instrucción Penal Militar de Medellín por el Jefe del Instituto Seccional de Medicina Legal de dicha ciudad, dependiente del Ministerio de Justicia; y el dictamen de los médicos jefes del Hospital La Cruz de Puerto Berrío, de los que se deduce que el deceso del señor Arango no obedeció a causas violentas sino a un colapso cardiovascular.