CARGOS CONTRA 14 MILITARES POR PRESUNTA RETENCIÓN, TORTURA Y EJECUCIÓN DE CAMPESINOS EN CASANARE

EQUIPO NIZKOR
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DERECHOS
[Fuente: Procuraduría General de la Nación, Bogotá, 13may07]
http://www.derechos.org/nizkor/colombia/doc/casanare.html

Por la presunta retención ilegal, tortura y muerte de cinco personas en la vereda El Porvenir del municipio de Monterrey, Casanare, en hechos ocurridos el 25 de mayo de 2005, a quienes el Ejército señalo de ser paramilitares dados de baja en un presunto combate con la fuerza pública, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra 14 militares entre ellos un oficial y varios soldados profesionales, miembros del Batallón de Infantería No. 44 Ramón Nonato Pérez.

Las personas muertas en el presunto enfrentamiento con el Ejército, fueron identificadas como Misael Álvarez Guerrero, Yuber Armando Contreras Álvarez, Berney Guerrero Bohórquez, Nelson Enrique Arias Ramírez e Hilda Blanco Cruz Montejo.

Para el ministerio público, la justificación de la acción militar desencadenada como reacción por el aparente ataque sufrido por los militares, no parece hallar respaldo en los testimonios que bajo la gravedad de juramento rindieron los testigos, de los cuales surge que no se habría presentado el aludido combate entre los integrantes de la fuerza pública y el grupo paramilitar, sino que las presuntas víctimas habrían sido retenidas sin justificación legal, en la finca de propiedad del señor Misael Álvarez, sometidas a tratos constitutivos de tortura y luego llevadas hasta el sitio donde al parecer fueron arbitrariamente ultimadas por los servidores del ejército.

Igualmente cuestiona el ministerio público que de haberse presentado el ataque cercano, con fuego nutrido, como lo señalan los servidores investigados, resultaría lógico que los involucrados en la sorpresiva contienda, hayan usado el arsenal bélico a su disposición para atacar a la fuerza pública y obtener ventaja en el combate, además, sería razonable que en la refriega los actores fueran alcanzados por múltiples impactos de proyectil de arma de fuego, dado el grueso número de participantes, sin embargo, los cinco presuntos paramilitares no acudieron para su defensa a las granadas que en buen número portaban, usando únicamente un fusil y una pistola durante la embestida, asimismo, los protocolos de necropsia revelan que los cuerpos de las personas abatidas presentaban solamente uno o dos disparos, y en uno de los casos, un impacto por la espalda.

La Procuraduría General de la Nación también cuestiona a los militares, por haber movilizado apresuradamente los cadáveres y el material de guerra presuntamente incautado, alterando así la escena de los hechos, en vez de haber asegurado el área y reportar el suceso a sus superiores y a las autoridades judiciales competentes, para que estas efectuaran las diligencias de levantamiento de los cuerpos en el lugar mismo de los acontecimientos y tuvieran la oportunidad de acopiar las evidencias que permitieran el esclarecimiento de los eventos.

Para el ministerio público, en este caso se observa que los militares con su actuar al parecer incurrieron en graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, por desconocimiento de los deberes de protección de las personas que no participan en las hostilidades o que habiéndolo hecho, hayan depuesto las armas o hayan sido puestos fuera de combate, personas éstas que tienen derecho a que se respete su vida y su integridad física y moral, siendo beneficiarias de las garantías judiciales previstas en la Constitución y Ley, y que además, deben ser, en todas las circunstancias, protegidas y tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable.