VÍCTIMA: JAIR CUBIDES

JUZGADO DÉCIMO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO
Bogotá D. C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil ocho (2008)
http://www.derechoshumanos.gov.co/Sindicalismo/Documents/2010/estadisticas/157.pdf

JUZGADO DÉCIMO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO
Bogotá D. C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil ocho (2008)
Radicación: 110013107010.2008.0015.00
Origen: FISCAL 82 ESPECIALIZADA DD.HH. y DD.II. HH. SANTIAGO DE CALI – VALLE DEL CAUCA
Acusados: JOSÉ MARIA REYES GUERRERO alias “NIÑO ó DIEGO”, HEBERTH VELOZA GARCÍA alias “H H” Y ELKIN CASARRUBIA POSADA “EL CURA”
Delito: HOMICIDIO AGRAVADO Y FABRICACIÓN, TRÁFICO Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO O MUNICIONES
Víctima: JAIR CUBIDES
Decisión SENTENCIA ANTICIPADA

MOTIVO DE PRONUNCIAMIENTO

Emitir sentencia anticipada, luego de la aceptación del cargo de Homicidio agravado y Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, realizado por parte de HEBERTH VELOZA GARCÍA alias “H. H.”, ELKIN CASARRUBIA POSADA alias “EL CURA” y JOSÉ MARÍA REYES GUERRERO alias “NIÑO o DIEGO”, siendo víctima, JAIR CÚBIDES, dirigente sindical adscrito a SINTRADEPARTAMENTO-, conductas punibles descritas en los artículos 103, 104-7 y 10 de la Ley 599 de 2000 y 365 de la misma obra, al no observarse irregularidad sustancial que invalide la actuación.

El señor JAIR CUBIDES, laboró para el Departamento del Valle Del Cauca, en la Secretaria de Obras Públicas por mas de diez (10) años y dentro de la reestructuración que realizó el Gobernador del Departamento de ese entonces, fue despedido el 31 de diciembre de 1999. Ante esta situación decidió reclamar su reintegro ante las autoridades udiciales entablando demanda, siendo su proceso el más avanzado.

Ante la renuncia de la directiva del Sindicado de empleados del Departamento del Valle del Cauca, “SINTRADEPARTAMENTO”, se creo un nuevo sindicato del cual era miembro y activista siempre en apoyo con la lucha por los derechos de los trabajadores.

El 21 de enero de 2001, a la 10:30 de la noche, el señor JAIR CUBIDES, se encontraba en la diagonal 28 con transversal 29 Barrio Eduardo Santos de la ciudad de Cali – Valle, ingiriendo un perro caliente, en el puesto de comidas rápidas de la señora Rosa Elena Guzmán, acto que al parecer era su costumbre diaria, previo a pernotar en su residencia que quedaba a media cuadra, cuando llegó el desmovilizado JOSÉ MARIA REYES GUERRERO ALIAS “NIÑO Ó DIEGO”, en cumplimiento de la orden dada por el comandante del Bloque Calima alias “El Capi” y le disparó varias veces su arma de fuego causándole la muerte de manera instantánea por “HEMORRAGIA MASIVA TORACOABDOMINAL” .

Por los anteriores hechos, La Unidad de Fiscalía Delegada ante el Juzgado Penal del Circuito de Cali – Valle, el 26 de enero de 2001, de octubre de 2000, abrió investigación previa con base en el acta Nº 209 del 21 de enero de 2001, de levantamiento del cadáver del señor JAIR CUBIDES, practicada por la Fiscalía 99 Seccional además ordenó la practica de varias pruebas para establecer los autores del homicidio. La Policía Metropolitana de Santiago de Cali, en cumplimiento de la Misión de Trabajo Nº 269-407487-48 y 005407487-48 adelantó diligencias investigativos con el fin de identificar e individualizar plenamente a los autores del homicidio ocasionado con arma de fuego, perpetrado en la humanidad de JAIR CUBIDES, determinando que éste hacia parte como activista del Sindicato de Empleados del Departamento del Valle “SINTRADEPARTAMENTO“, laboró en la Secretaria de obras Públicas, durante diez (10) años, fue despedido el 31 de diciembre de 1999 en el plan de reajusta de nomina adelantado por la administración departamental de ese entonces. Indica el informe que el occiso JAIR CUBIDES, reclamó su reintegro ante las autoridades competente junto con 180 empleados, habiendo agotado tres audiencias y el proceso estaba próximo a ser resuelto.

Se allegó al proceso el dictamen de Laboratorio de Balística Forense emitido por el Instituto nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Grupo Física, que determinó que el calibre de los proyectiles materia de estudio corresponden a un arma tipo revolver calibre 38 Special con ánima de seis (6) estrías con sentido de rotación hacia la derecha, funcionamiento mecánico, entre las cuales se encuentran las marcas Llama, Ruby, Tauros, entre otras.

La Sección de Patología Forense Regional Suroccidente del Instituto de Medicina Legal de Cali – Valle, allegó el Protocolo de Necropsía Nº 2001-00214 practicado al señor JAIR CUBIDES…

El 20 de agosto de 2008, HEBERT VELOZA GARCÍA, alias “H H” rindió Indagatoria y allí aceptó la autoría de la conducta punible de homicidio agravado, en la persona de JAIR CUBIDES y solicitó sentencia anticipada, posteriormente el día 25 de agosto de 2008 la Fiscalía 82 resuelve situación jurídica imponiendo medida de aseguramiento de detención preventiva en contra del anotado, negándole los beneficios de la libertad provisional y detención domiciliaria.

En Medellín el 18 de septiembre de 2008, JOSÉ MARIA REYES GUERRERO alias “NIÑO o DIEGO” rindió indagatoria, allí aceptó haber sido el autor material del asesinato de JAIR CUBIDES y pidió se fijará fecha para sentencia anticipada.

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http://www.derechoshumanos.gov.co/Sindicalismo/Documents/2010/estadisticas/157.pdf